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A los Augustos Jefes de Nombre y Armas de las Casas Soberanas ya no reinantes, 
en respetuoso homenaje

LAS CASAS NO REINANTES, 
EL FONS HONORUM
Y UN DECISIVO PRECEDENTE
 
Por Don José Carlos CARMINIO CASTAGNO *
 
 
1.         INTRODUCCION

       Es por todos sabido que existe una generalizada renuencia al reconocimiento del ejercicio de la potestad del fons honorum por parte de las Casas no reinantes, actitud que se torna aún más categórica en aquellos países en los que rige una monarquía.

       De esto último, da acabada muestra la propia España, donde parece olvidarse que S. A. R. Don Juan de Borbón y Battenberg, Conde de Barcelona, confirió varias veces la insigne Orden del Toisón de Oro, como su Soberano Gran Maestre[1]. Y que lo mismo ha ocurrido con la rama de la Sacra y Militar Orden Constantiniana de San Jorge que –a pesar de no serlo por el Vaticano[2]- es reconocida por la Casa Real española[3], y cuyo Gran Maestrazgo ejerce S.A.R. Don Carlos de Borbón-Dos Sicilias, Duque de Calabria e Infante de España[4].

No habremos de ocuparnos aquí de los sólidos argumentos que sustentan la conservación ad perpetuitatem de tal atributo por todo princeps natus que ostente la jefatura de una dinastía de descendencia soberana –excepto el caso en que ella haya incurrido en debellatio-, asunto que ha sido materia de esclarecedoras contribuciones de especialistas prestigiosos, a las que remitimos[5].

Este breve aporte se limitará, pues, a la difusión y comentario de un suceso casi desconocido y cuyas pecualiarísimas características lo constituyen en un irrebatible antecedente que –según pensamos- sienta jurisprudencia en la materia sub examine.

 
2.         UN POCO DE HISTORIA
Una muy antigua y conspicua familia principesca italiana es, sin duda, la deAmoroso, descendiente –por ininterrumpida línea de varón- del Emperador Romano de Oriente Miguel II Balbo d´Amorio y a cuyo apellido se añade el predicado d´Aragona[6] por privilegio recibido del monarca aragonés el 11 de junio de 1500[7].
 
Pertenecen a esa dinastía dos ilustres corporaciones caballerescas: la “Orden Militar y Hospitalaria de Santa María de Belén” y la “Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Acre y Santo Tomás”, cuyo Soberano Gran Maestre General fue siempre –por ende- el Jefe de Nombre y Armas de la Casa[8].
 
Un dato de gran relevancia es que todo ello quedó confirmado por Decreto de fecha 22 de septiembre de 1860 del Rey del Reino de las Dos Sicilias, Francesco II de Borbón, en el que también se le reconoció a su Jefe la potestad de conferir títulos nobiliarios[9]junto a la legitimidad de las citadas órdenes- ha sido luego admitido en numerosos pronunciamientos de tribunales judiciales italianos, cuyo valor jurídico –[10].
 
3.         UN ACONTECIMIENTO SINGULAR
A fines de 1943, el entonces Jefe de la Casa –S.A.I. Príncipe Don Pietro Amoroso d´Aragona- confirió a S.M. Vittorio Emmanuele III, Rey de Italia, el grado de Gran Collar de Justicia de la Orden de San Juan de Acre y Santo Tomás y lo creó Conde de Elusa, remitiendo al Duque de Acquarone –Jefe de la Casa Real italiana- los documentos y condecoraciones correspondientes, para su entrega al monarca.
La respuesta del nombrado funcionario regio no se hizo esperar, y es la siguiente[11]:
 
 
“Le Ministre de la Maison Royale
 
                                                                       Brindisi, 19 gennaio 1944[12]
 
 
                                   Serenissimo Principe,
 
                     Mi sono fatto premura di presentare à Sua Maestà il Re, a seguito del precedente Augusto gradimento comunicato Le con la mia del 28 decembro[13] scorso, n. 277 di Prov/Ug il Brevetto e le insegne di Gran Collare di Giustizia del´Ordine Militare e Ospitaliero di S. Giovanni d´Acri e S. Tommaso, nonché le Magistrali Lettere Patenti con le quali V. A. S. quale venerato Gran Maestro dello storico e plurisecolare Ordine Cavalleresco, ha voluto insignirlo del titolo trasmisibile di Conte di Elusa, e che a tale scopo mi ha trasmessi.
 
                     S. M. il Re m´incarica di ringraziare Lei, Serenissimo Principe, per l´alta onorificenza e per la nomina comitale inviate, che l´Augusto Sovrano ha molto gradito ed apprezzato, e con Lei tutti gli insigniti della vetusta Milizia Cavalleresca che in sette secoli di esistenza ha scritto pagine gloriose di eroismo e di carità, e per i sentimenti di devozione spressi a Lui e alla sua Reale Famiglia, e dei quali Ella si è reso cosi nobile e fedele interprete, e per il contributo altamente significativo che sotto la Sua guida e il Suo Comando essi hanno finora dato e che seppiù daranno, nel Centro clandestino “Orbets” con i Cavalieri Betlemiti, all´aspra lotta di liberazione nazionale.
 
                     Nel compiere l´Augusto Sovrano volere, Le porgo, Serenissimo Principe, i sensi della mia più alta considerazione.
 
Il Ministro della Reale Casa
 
Acquarone
 
(Sigilo del Ministro della Casa di S. M.)”
 

 
4.         COROLARIO
Previo a todo intento de extraer conclusiones de la nota precedentemente transcripta, corresponde destacar algunas notables circunstancias del caso, a saber:
a)         El príncipe otorgante del grado caballeresco y del título nobiliario era el jefe de una dinastía que ya no reinaba en ámbito geográfico alguno.
b)         Tales derechos le habían sido confirmados y reconocidos a sus antecesores por un rey de una monarquía extinta casi noventa años antes[14].
c)        El destinatario de tales honores era nada menos que un monarca entonces reinante y en efectivo y pleno ejercicio de sus poderes soberanos[15].
d)        El territorio sometido a su imperium comprendía aquel que había estado bajo el dominio, precisamente, de quien dictó el real decreto de confirmación y reconocimiento del ius honorum de la dinastía concedente.
 
Acerca del significado que posee la aceptación por parte del Rey Vittorio Emmanuel III –hecha con claras manifestaciones de aprecio, complacencia y gratitud- de los honores conferidos a su persona, es sencillo inferir –acorde a los principios de la lógica formal- que entraña el reconocimiento de la incuestionable potestad de la Casa Amoriense para otorgarlos.
Debe observarse, a propósito, que son los soberanos –precisamente- quienes proceden con mayor rigor en esta materia, considerando como un agravio de lesa majestad cualquier acto de similar contenido que emane de familias o personas sin legítimas prerrogativas para hacerlo.
Por todo lo expuesto, sólo una evidente conclusión se impone: los Jefes de las Casas de descendencia soberana que no hayan incurrido en debellatio, conservan por siempre el ejercicio de la potestad del fons honorum,con absoluta prescindencia de posesión territorial alguna.
Y en virtud de ello –como queda demostrado- pueden honrar con grados caballerescos y títulos de nobleza hasta a los propios monarcas reinantes.
 
 
*   *   *   *   *   *   *

 


* Conde Carminio Castagno (Serenísima Real Casa Paternò) y Marqués de Castañares (Real Casa de Cantabria y Principesca Casa de Covadonga).
 
[1] A su hijo, el entonces Príncipe Don Juan Carlos, a los Reyes Balduino I de Bélgica y Constantino II de Grecia y al Príncipe Don Carlos de Borbón-Dos Sicilias, Duque de Calabria. Tales concesiones fueron efectuadas luego del 15 de enero de 1941 –fecha en que abdicó al trono español su augusto padre, S. M. el Rey Don Alfonso XIII- y antes de su propia abdicación a los derechos a la Jefatura de la línea española de la Casa de Borbón, producida el 14 de mayo de 1975.
[2] Ya que el 19 de abril de 1987 Su Santidad el Papa Juan Pablo II resolvió respaldar a la rama de la Orden que tiene a S.A.R. Don Fernando de Borbón-Dos Sicilias, Duque de Castro, por Gran Maestre. No nos hemos ocupado de verificar si la otra rama figura en una difundida “Lista no exhaustiva de órdenes falsas, apócrifas, no reconocidas o de iniciativa privada”, que se confecciona con información suministrada –entre otras fuentes- por el Vaticano.
[3] Luego de la consulta formulada en l984 al Consejo de Estado, a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, al Ministerio de Asuntos Exteriores y al Instituto Salazar y Castro del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
[4] De la cual se halla legalizada en el Ministerio del Interior –desde 1987- una Asociación que preside el Duque de Bailén. La falta de respaldo por parte del Vaticano determinó que numerosos Cardenales nominados en esta rama de la Orden, devolvieran las insignias.
[5] Puede consultarse provechosamente la calificada y abundante bibliografía que se cita en el estudio titulado“Le pretensioni del Capo di Nome ed Arme della Real Casa d¨Aragona di fronte al diritto”, que obra como anexo de los estatutos generales (1983) de la “Militare Ordine del Collare di Sant´Agata dei Paternò”
[6] Formándose así el de Amoroso d´Aragona, que es –desde entonces- el de la Casa Amoriense.
[7] Estos datos se mencionan en la erudita nota del renombrado Profesor Don René Galichet, Conde de Castri, sobre el “Libro d´Oro della Nobilità Amoriense” (Roma, 1956 – Consulta Araldica della Imperial Casa Amoriense – La Micrografica, Corso Tortona, Torino), publicada en el Nº 1 de “La croix de gueules”,de fecha 1º de julio de 1957.
[8] Actualmente lo es S.A. el Príncipe Don Luis Amoroso d´Aragona.
[9] Procede recordar que el mismo monarca había dictado cuatro días antes en Gaeta un Real Decreto de parecido tenor, en relación a la dinastía Paternò Castello Guttadauro Ayerbe Aragona (documento del que nos hemos ocupado extensamente en nuestro estudio “La Serenísima Casa Paternò”).
[10] Que también lo han hecho con los conferidos por el Jefe de la Casa Paternò y sus corporaciones caballerescas.
[11] Conocemos su texto gracias a la fina gentileza del Profesor D. René Galichet, Conde de Castri.
[12] El Rey, junto con el Gobierno, se había establecido en Brindisi –ciudad en la que permanecerá hasta su abdicación- el 10 de septiembre de 1943, alojándose en la villa del Almirante Franco Rubartelli (comandante de la plaza militar).
[13] ¿O “dicembre”?
[14] Ya que el Reino de las Dos Sicilias feneció en 1860 -quedando luego su territorio incorporado al de la Italia unificada- tras la expedición garibaldina de “Los mil”.
[15] Cabe recordar que el Gran Consejo del fascismo había resuelto en su sesión del 25 de julio de 1943 –día en el que luego el rey destituiría a Mussolini- la restitución al monarca de “la suprema iniciativa de decisión que nuestras instituciones le atribuyen”, consagrada en el artículo 5º del Estatuto del Reino (V.G.: la facultad de declarar la guerra y la paz). Y que la renuncia de Vittorio Emmanuele III “a la Corona de Italia en favor de mi hijo Humberto de Savoia, Príncipe de Piamonte” se formalizó en la Villa de Ravello –donde la pareja real se alojaba, por invitación del Marqués de Sangro- recién el 9 de mayo de 1944, en un acto celebrado a partir de la hora 14.15 ante el Notario Angrisani, de Nápoles.
 

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